Federación Andaluza de Tenis

La Federación Andaluza de Tenis (FAT), es una entidad deportiva de carácter privado y naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, consistentes en la promoción, práctica y desarrollo del Tenis, incluso en su ámbito profesional, en el marco Territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La modalidad de tenis se desglosa en las siguientes disciplinas: Tenis, Tenis Playa y Tenis en Silla de Ruedas.
Además de sus propias atribuciones, ejerce por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en estos casos como agente colaboradora de la Administración y ostenta el carácter de utilidad pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Federación Andaluza de Tenis está integrada en la correspondiente Federación Española, de acuerdo con el procedimiento y requisitos establecidos en los estatutos de ésta, gozando así del carácter de utilidad pública, de conformidad con la Ley del Deporte estatal.
La Federación está integrada por los clubes deportivos, secciones deportivas, deportistas, entrenadores, técnicos, jueces y árbitros que de forma voluntaria y expresa se afilien a través de la preceptiva licencia.
La Federación Andaluza de Tenis ostenta la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional, celebradas dentro y fuera del territorio español. Asimismo, la Federación Andaluza de Tenis representa en el territorio andaluz a la Federación Española en la que se integra.
Dentro del Régimen Jurídico la Federación Andaluza de Tenis se rige por la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, por el Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, por el Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, del Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo y demás normativa deportiva autonómica de aplicación, así como por los presentes estatutos y los reglamentos federativos.
Son funciones propias de la Federación las de gobierno, administración, gestión, organización, desarrollo y promoción del deporte del Tenis, incluso en el ámbito profesional, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Específicamente y sin ánimo exhaustivo ejercerá las siguientes:
- a) Colaborar con las Administraciones Públicas y con la RFET en la promoción del tenis, en la ejecución de los planes y programas de preparación de los deportistas de alto nivel en Andalucía, participando en su diseño y elaboración de las relaciones anuales de deportistas de alto nivel y ámbito estatal que realiza el Consejo Superior de Deportes.
- b) Colaborar con la Administración de la Junta de Andalucía en la promoción de deportistas de alto rendimiento y en la formación de técnicos, jueces y árbitros.
- c) Colaborar con la Administración deportiva del Estado en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como en la prevención de la violencia en el Deporte.
- d) Colaborar en la organización de las competiciones oficiales y actividades deportivas que se celebren en Andalucía, nacionales o internacionales, incluso en el ámbito profesional.
- e) Colaborar con la Administración de la Junta de Andalucía, en la formación de los titulados deportivos, pudiendo crear la correspondiente Escuela.
- f) Gestionar instalaciones deportivas de titularidad pública, o participar en su gestión mediante la participación en el capital social de las entidades gestoras, de acuerdo con la legislación de patrimonio.
Además de sus funciones propias, la Federación Andaluza de Tenis ejerce por delegación, bajo los criterios y tutela de la Consejería competente en materia de deporte, las siguientes funciones de carácter administrativo:
- a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales de ámbito autonómico.
- b) Expedir licencias deportivas para participar en competiciones oficiales.
- c) Asignar, coordinar y controlar la correcta aplicación que sus asociados den a las subvenciones y ayudas de carácter público concedidas a través de la Federación.
- d) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en los presentes estatutos y reglamentos federativos.
- e) Ejecutar, en su caso, las resoluciones del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva.
- f) Cualquier otra que se establezca reglamentariamente.
La Federación Andaluza de Tenis de conformidad con lo preceptuado en el artículo 22.5 de la Ley del Deporte de Andalucía, ejerce, además, la función de elaborar sus propios reglamentos deportivos, así como disponer cuanto convenga para la promoción y mejora de la práctica del Tenis.
La estructura territorial de la Federación se acomoda a la organización territorial de la Comunidad Autónoma, articulándose a través de las Delegaciones Provinciales. Estas, pues, se establecerán en Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, y Sevilla.
Las Delegaciones Provinciales, son el órgano de representación máximo de la Federación en cada provincia, en defecto del Presidente, pudiendo reputarse agencia de la misma. Ostentando la representación de la misma en su ámbito.
Tendrán las siguientes competencias:
- a) Desarrollo y promoción del tenis provincial.
- b) Coordinar la competición provincial.
- c) Representación del Presidente en el ámbito provincial, previa delegación.
- d) La ejecución de cualesquiera otras competencias igualmente delegadas de la FAT.
La Federación Andaluza de Tenis está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Tiene su domicilio social en la ciudad de Sevilla Avda. Dr. Miguel Ríos Sarmiento, nº 3 (Centro de Tecnificación de Tenis Blas Infante). Dicho centro, gestionado en su totalidad por la FAT y con titularidad del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Sevilla, cuenta de 9 pistas de tierra batida (una de ellas con capacidad de 1000 espectadores), 7 de resina sintética, residencia de deportistas, gimnasio, centro de estudios, servicios médicos, restaurante, etc. Las citadas instalaciones están tuteladas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Andalucía y están clasificadas por parte del Consejo Superior de Deportes como Centro Especializado de Tecnificación Deportiva (https://bit.ly/1x8nnGy)
Junta Directiva
PRESIDENTE
Dº Juan Miguel Navas Burgos
VICEPRESIDENTES-DELEGADOS PROVINCIALES
Dº José Salamanca Romero
Vicepresidente-Delegado Provincial de Almería
Dº Jorge Fernández Castrejón
Vicepresidente-Delegado Provincial de Cádiz
Dº Antonio Rabasco Arcos
Vicepresidente-Delegado Provincial de Córdoba
Dº José Antonio Sánchez Jáimez
Vicepresidente-Delegado Provincial de Granada
Dº Pablo Záforas Díaz
Vicepresidente-Delegado Provincial de Huelva
Dº Francisco Muro Martínez
Vicepresidente-Delegado Provincial de Jaén
Dº José Fco. Domínguez Santamaría
Vicepresidente-Delegado Provincial de Málaga
Dº Augusto Cera Martínez
Vicepresidente-Delegado Provincial de Sevilla
VICEPRESIDENTES
Dº Miguel Villau Gil
Vicepresidente Primero
Dª Mercedes Gordillo Sánchez
Vicepresidenta Área Tenis Femenino y Adjunto Presidente
Dº José Antonio Sánchez Jáimez
Vicepridente Área Deportiva
Dº Francisco Muro Martínez
Vicepresidente Área de Docencia e Investigación
Dº Jorge Fernández Castrejón
Tesorero
VOCALES
Dª Rosario Gonzále Pagador
Vocal de Tenis Femenino
Dª Monserrat Tamayo Rivera
Vocal de Tenis Playa
SECRETARIO
Dº Daniel Vela Romero
Contacto:
C\ Dr. Miguel Ríos Sarmiento 3, 41020 – Sevilla
Teléfono: 954 444 433
federacion@fatenis.com